- Derecho Social: entre el fuerte y el débil
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“La caridad no es un buen sustituto de la justicia”
–Jonathan Kozol
Siguiendo al insigne tratadista Gustavo Radbruch, “El Derecho Social debe su contenido a una nueva concepción del hombre por el Derecho… éste, por lo tanto, no conoce personas individuales, sino a patrones y trabajadores, a terratenientes y campesinos, a profesores y estudiantes, o a empleados y personas productivas necesitadas de protección social”
Luego entonces, la formulación de las garantías sociales a nivel constitucional, que luego dan lugar a los derechos sociales, señala la gran transformación del Estado moderno. De manera que la obligación “de hacer” por parte del Estado, derivada del establecimiento de las garantías sociales, ha dado pie al desarrollo del derecho social, el cual esté integrado por normas jurídicas que precisan principios y procedimientos protectores en favor de las personas, grupos y sectores sociales débiles, propiciando su convivencia armónica con otras clases. Obvio que su idea central se inspira en la nivelación de las desigualdades naturales existentes entre las personas, en aras de proteger a los débiles ante los fuertes.
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